Multas y sanciones en la ley de control horario

¿Qué se considera un incumplimiento del control horario laboral?

Un incumplimiento del control horario laboral se produce cuando una empresa no registra adecuadamente la jornada de sus trabajadores. Este registro debe reflejar de manera fiel la hora de entrada y salida diaria de cada persona trabajadora. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores exige a todas las empresas llevar un registro diario de la jornada laboral. No cumplir con esta obligación constituye una infracción laboral. Las principales formas de incumplimiento son:
  • No llevar ningún tipo de registro horario.
  • Utilizar sistemas de registro inexactos o manipulables.
  • No conservar los registros durante al menos 4 años.
  • No entregar copias del registro a la representación legal de los trabajadores.
  • Registrar horarios falsos o que no reflejan la realidad.
Estos incumplimientos pueden derivar en sanciones por incumplir el control horario, que pueden ser leves, graves o muy graves, dependiendo de la intencionalidad y el impacto.

¿Cuáles son las multas por incumplir el control horario?

Con la entrada en vigor de la nueva reforma laboral (prevista para el 31 de diciembre de 2025), las sanciones por no cumplir el control horario se incrementarán y oscilarán entre 1.000 y 10.000 euros, según la gravedad de la infracción. Concretamente, las multas se distribuirán en tres tramos: de 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo; de 2.001 a 5.000 euros en el grado medio; y de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo. Estas multas por incumplir el control horario se agravan si existe reincidencia, si afecta a un número elevado de trabajadores, o si hay perjuicio económico para ellos. Además, la Inspección de Trabajo puede proponer otras medidas, como regularizar los contratos o exigir el pago de horas extras no declaradas.
Nivel de sanción Importe Factores agravantes
Grado mínimo 1.000 a 2.000 euros Sin agravantes
Grado medio 2.001 a 5.000 euros Reincidencia o varios afectados
Grado máximo 5.001 a 10.000 euros Perjuicio económico a trabajadores

¿Cómo puede una empresa evitar sanciones por el control horario?

Para evitar sanciones de la normativa de control horario, la empresa debe cumplir rigurosamente con la obligación de registrar y conservar los horarios laborales. Las principales medidas preventivas incluyen:
  • Implantar un sistema fiable de control horario, preferiblemente digital.
  • Registrar cada día la entrada y salida de los trabajadores, sin excepciones.
  • Conservar los registros durante al menos 4 años, accesibles en caso de inspección.
  • Formar al personal sobre el uso del sistema de fichaje.
  • Compartir periódicamente la información con la representación legal si la hay.
Además, conviene realizar auditorías internas, verificar el correcto funcionamiento del sistema y asegurarse de que se respeta la jornada pactada en convenio o contrato. Cumplir con la normativa no solo evita sanciones, sino que fortalece la transparencia laboral y previene conflictos entre empresa y trabajadores.

Preguntas frecuentes

¿Quién impone las sanciones por el incumplimiento del control horario?

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de detectar incumplimientos y proponer sanciones conforme a la LISOS.

¿Las sanciones afectan también a los trabajadores?
¿Qué documentación debe conservar la empresa para evitar multas?
¿Las inspecciones de trabajo pueden hacerse sin previo aviso?

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